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De conformidad con el numeral 1 del artículo 90 del Decreto 1666 de 2021, y el artículo 20 del Decreto Ley 1557 de 2022, el Consejo Departamental de Ciencia, Tecnología e Innovación del Departamento del Guaviare (CODECTI - GUAVIARE) es la instancia máxima de gobernanza y articulación de la política, estrategias, asesoría y orientación en el sector de ciencia, tecnología e innovación con el gobierno del Departamento de Guaviare, así como con las entidades y actores que desarrollan actividades dirigidas a fortalecer la capacidad científica, de desarrollo tecnológico y de innovación en el respectivo ámbito departamental.

Los CODECTI (Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación) se crearon a partir de la expedición del Documento CONPES 3582 de 2009 y la Ley 1286 de 2009, donde se definió la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación con el fin de incrementar la capacidad del país para generar conocimiento científico, mejorar la competitividad y contribuir a la transformación productiva del país, fortaleciendo, adicionalmente, las capacidades regionales. Los CODECTI, en este sentido, sustituyen a los antiguos CODECYT (Consejos Departamentales de Ciencia y Tecnología), creados a partir de la Ley 29 de 1990 y el Decreto Ley 1767 de 1990.

En el Departamento del Guaviare, el Consejo Departamental de Ciencia, Tecnología e Innovación se adoptó mediante la Ordenanza 009 de 2012, actualizando su composición mediante el Decreto Departamental 256 de 2023, atendiendo a lo dispuesto por el Decreto Nacional 1557 de 2022.

En términos del Ecosistema de Ciencia, Tecnología e Innovación, la composición del CODECTI ha venido integrando la presencia y la representatividad de los actores del Sistema que se agrupan en Institucionalidad, Academia, Empresas y Sociedad Civil.

1. Asesorar en política pública, planeación y estrategia de ciencia, tecnología e innovación al gobierno departamental, sus municipios o distritos, teniendo en cuenta las políticas nacionales y regionales en la materia.
2. Definir estrategias para la articulación entre los actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación a nivel departamental, en cooperación con instancias y sistemas nacionales de otros sectores.
3. Establecer lineamientos y mecanismos para la articulación y coordinación con la Comisión Regional de Competitividad e Innovación, en los temas de interés común del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI).
4. Proponer al SNCTI mecanismos para financiar proyectos de ciencia, tecnología e innovación en el departamento.
5. Adelantar actividades y ejercicios de planeación en ciencia, tecnología e innovación, incluyendo aquellos relacionados con la asignación de los recursos señalados en el artículo 361 de la Constitución Política y la política pública de ciencia, tecnología e innovación enfocada al desarrollo departamental y regional.
6. Fomentar que en el Departamento del Guaviare se desarrollen actividades enfocadas en la generación y transferencia de conocimiento, así como de los resultados de los programas y proyectos de ciencia, tecnología e innovación, para la solución de problemas y el aprovechamiento de oportunidades de desarrollo departamental y regional.
7. Formular mecanismos para estimular la participación del sector empresarial, las organizaciones étnico-territoriales, los grupos étnicos y la sociedad civil en programas, proyectos y actividades de ciencia, tecnología e innovación, emprendimiento innovador y de base tecnológica.
8. Acompañar el seguimiento y evaluación de los instrumentos de planeación en ciencia, tecnología e innovación del Departamento, a través de los lineamientos que imparta el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
9. Establecer su propio reglamento y definir su plan de trabajo anual.
10. Conocer todas las iniciativas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación que se pretendan desarrollar en cualquier parte del territorio departamental.
11. Presentar y socializar los informes de gestión semestrales.

 

Miembros Permanentes:

  1. El Gobernador o su delegado, quien preside el CODECTI - Guaviare.
  2. Dos (2) alcaldes de los municipios que hacen parte del Departamento, elegidos por la Federación Colombiana de Municipios.
  3. Un representante del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, delegado por el ministro.

Miembros Designados:

  1. Dos (2) representantes de la Comisión Regional de Competitividad e Innovación de Guaviare, diferentes al Gobernador del Departamento y elegidos por la Comisión Regional de Competitividad e Innovación del Guaviare.
  2. El presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de San José y una (1) empresa cuyo objeto social incluya actividades en Ciencia, Tecnología e Innovación y que desarrolle sus actos de comercio en el Departamento, elegida por la misma cámara de comercio.
  3. Cuatro (4) representantes de la academia, elegidos por el Gobernador del departamento. Estos se establecen de la siguiente manera: un (1) representante del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) de la dirección regional correspondiente y tres (3) representantes de Instituciones Educativas e Instituciones de Educación Superior (IES) que tengan presencia en el Departamento, de naturaleza pública o privada.
  4. Cuatro (4) representantes de la sociedad civil organizada, elegidos por el Gobernador del departamento. Estos se establecen de la siguiente manera: dos (2) actores reconocidos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación al momento de su designación y dos (2) ONG, juntas de acción comunal o demás miembros de la sociedad civil.